Las lagunas técnicas y jurídicas del nuevo estándar aplicado desde el 1 de enero para fijar las bases imponibles de los impuestos a las transacciones inmobiliarias elevan el riesgo de ilegalidad
Los nuevos valores de referencia instaurados desde el pasado 1 de enero por el Ministerio de Hacienda para facilitar la aplicación de impuestos como el de Patrimonio, el de Transmisiones Patrimoniales y los de Sucesiones y Donaciones en las transmisiones de bienes inmobiliarios presentan una serie de lagunas técnicas y jurídicas que podrían comprometer las liquidaciones practicadas en base a este esquema por los gobiernos autonómicos.
Así lo estima la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que considera que la regulación del ya célebre ‘valor de referencia catastral’ presenta debilidades más que suficientes como para avalar un proceso general contra las liquidaciones giradas a los contribuyentes en base a las valoraciones realizadas por la gerencias territoriales del Catastro según este nuevo estándar.
No se trata de un asunto menor. Como ya advirtieron asociaciones como Aedaf y un buen número de asesores fiscales en el prólogo de su entrada en vigor, la activación de los nuevos valores de referencia del Catastro –que actúan como suelo a la hora de exigir los impuestos antes mencionados, vinculados a las transacciones de bienes inmobiliarios– se ha traducido en un repunte de los ingresos tributarios de los gobiernos autonómicos por estas figuras.
Según los últimos datos oficiales publicados por el Ministerio de Hacienda, correspondientes al cierre del mes de junio, los ingresos globales de las comunidades autónomas por los impuestos más asociados a la actividad inmobiliaria, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el de Actos Jurídicos Documentados, durante la primera mitad del año se incrementaron nada menos que un 24% respecto al mismo periodo del año anterior, lo que traducido a euros supone cerca de 1.200 millones de euros más.
De mantenerse este ritmo durante el resto del año, los ingresos extra por esa vía rondarían los 2.500 millones de euros y ese cálculo no tiene en cuenta los ingresos extra que se pudieran derivar por la subida de las bases imponibles tanto en los impuestos de sucesiones y donaciones, como en el que grava el patrimonio. Los gobiernos autonómicos ya habían previsto esta evolución a principios de año y habían pintado 3.000 millones de euros de recaudación extra por estas fuentes fiscales más vinculadas al inmobiliario.
Un sistema en el alero, Las dudas legales en torno al ‘catastrazo’ de Hacienda dejan en el aire más de 2.000 millones de ingresos fiscales de las CC.AA.
«Hay una insuficiencia normativa muy clara (en la aplicación del nuevo valor de referencia catastral). La ley no dice nada de cómo debe aplicarse, no tenemos el preceptivo reglamento de desarrollo de ese valor de referencia, y al final es una resolución del Catastro, que es un acto administrativo, no una norma, el que está regulando sin tener capacidad normativa para ello. No es un valor fiable y la base imponible de los impuestos no está regulada con arreglo a la ley», aseguró el Grupo de Expertos en Haciendas Locales y Catastro de Aedaf.
En su opinión, ese cuestionable soporte jurídico y otros episodios como que los valores de referencia para 2022 se definieran un 11 de noviembre, cuando la ley dice expresamente que debían haberse aprobado antes del 30 de octubre, ofrecen argumentos para su inconstitucionalidad y para que prosperen los recursos presentados contra este instrumento.
Al margen de las objeciones jurídicas están las objeciones técnicas. «Hay veces que la descripción catastral del inmueble contiene errores y otras ocasiones en los que estando bien esa descripción los valores de referencia son un disparate», se lamentó Rubén Rúa, coordinador del grupo de expertos de Aedaf para haciendas locales.
La colección de inconsistencias es llamativa. Inmuebles en cuarta línea de playa valorados al precio de primera línea, pisos consignados en alturas que los edificios no alcanzan, pisos interiores a los que se atribuye la misma valoración que si fueran exteriores. «Nueve cada diez descripciones catastrales están mal», advirtió ayer Rubén Rúa en una jornada en la que se analizaron las debilidades del valor de referencia y las opciones de impugnación. «La misma descripción catastral da lugar al valor catastral y al valor de referencia, eso hace que las valoraciones estén viciadas», explicó.
Los asesores fiscales se encuentran además con el problema de que el sistema diseñado por el Ministerio de Hacienda dificulta la presentación de recursos contra esas valoraciones erróneas antes de que los contribuyentes presenten las liquidaciones, de modo que encauza las cosas para que los afectados solo pueden plantear la rectificación de los impuestos una vez estos ya han sido abonados.