5 errores garrafales que se comenten con las herencias en España. La mayoría de notarios de España coinciden en que existe falta de planificación con las herencias entre los ciudadanos
La herencia y el proceso de repartición de la misma es uno de los actos jurídicos más importantes en España. Además, es uno de los procedimientos más comunes que tienen lugar prácticamente cada día. Sin embargo, existe un gran desconocimiento sobre este acto jurídico, que posteriormente puede llevar a cometer errores groseros.
Al respecto de esta situación, muchos notarios de España se sorprenden de la falta de planificación de las familias y particulares a la hora de realizar un testamento o en el proceso de herencia. Este hecho denota una falta de preocupación en relación a las herencias en España.
Con todo ello, los expertos notarios enumeran un total de 5 errores que se suelen cometer actualmente en España en base al proceso de repartición de herencia. Unos errores que se suceden debido a la falta de preocupación de los ciudadanos y una planificación prácticamente inexistente.
Errores en las herencias. 5 errores garrafales que se comenten con las herencias en España
El primer error en relación a una herencia es no hacer testamento. Este documento oficial permite al testador establecer una repartición de sus bienes y patrimonio tras su fallecimiento en base a su criterio, y según el marco de la legislación española. La ausencia de testamento suele provocar situaciones desagradables en la repartición de una herencia, como los conflictos familiares.
Además, de este punto clave, los notarios especialistas enumeran cinco errores graves que se suelen cometerse en torno a las herencias:
- Desconocer el impuesto a pagar: El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es obligatorio en todas las Comunidades Autónomas de España, aunque la cuantía a depositar depende de la legislación vigente en cada CCAA. Dichos impuestos se deben pagar en la Comunidad Autónoma en la que resida la persona fallecida y que genera la herencia.
- No escriturar a tiempo: Muchos padres, conocedores de los altos impuestos de sucesiones en su CCAA, compran una propiedad y la ponen a nombre de sus hijos. Es una forma de evitar el pago de impuestos en la herencia. Este es un elemento poco utilizado entre los ciudadanos.
- No dejar dinero en efectivo: Los expertos del ‘Idealista‘ explican que «si antes de fallecer, el propietario de un bien procura guardar algo de dinero en efectivo, le evitará a sus herederos el pago de impuestos de cada comunidad (muy elevado en algunas), el pago de otro impuesto local que es la plusvalía municipal, e incluso los gastos de gestión de notarios y abogados».
- Desconocer los efectos de donación: La donación en vida puede resultar una alternativa a la herencia. No obstante, este procedimiento cuenta con una serie de ventajas e inconvenientes con respecto a la herencia, las cuales son necesarias conocer.
- No saber que es posible desheredar: A la hora de realizar un testamento, el testador debe ser sabedor de la posibilidad de desheredar a un heredero forzoso. No obstante, para llevar a cabo este procedimiento deben cumplirse ciertas condiciones.
Conocimiento sobre el proceso de sucesión.
Por último, es importante que tanto el testador como los posibles herederos tengan conocimiento sobre el proceso de herencia. En este sentido, un aspecto fundamental es saber cuál es el orden de herederos forzosos, también en el caso de que no exista testamento.
Además es conveniente conocer las partes en las que se divide un testamento. Concretamente en tres tercios. En el tercio de la legítima, corresponde a los herederos forzosos a partes iguales; en el tercio de mejora, también corresponde a partes iguales a los herederos forzosos, aunque se puede beneficiar a unos con respecto a otros; y en el tercio de libre disposición, el testador puede nombrar como heredero a la persona que crea conveniente, sin necesidad de tratarse de un heredero forzoso.